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Delitos económicos y ambientales ¿En qué consiste el proyecto de ley?

Hace un par de semanas el Congreso Nacional aprobó el proyecto de ley que amplía la responsabilidad penal para delitos económicos y contra el medioambiente, con lo cual pasará a ser ley. Marily Lüders, socia principal de Extend y Felipe del Solar, socio de asuntos legislativos de Extend, analizaron en un encuentro online con nuestra Red alumni IdDC, el nuevo contexto regulatorio y las repercusiones reputacionales para las empresas.

Contenido general de la ley de delitos económicos

Nuevas normas penales de delitos económicos:

  • Delitos nuevos:

a. Violación de secreto empresarial.

b. Uso indebido de información confidencial.

c. Acuerdos abusivos de mayoritarios.

d. Delitos ambientales.

  • Modificaciones legales (Ley 21.121):

a. Negociación incompatible.

b. Delito de cohecho en la empresa.

Responsabilidad por delitos económicos

  • Delitos categóricamente económicos.
  • Delitos relativamente económicos.
  • Delito de receptación y lavado de activos.

Reforma ley de responsabilidad penal de personas jurídicas

  • Ampliación del catálogo a todos los delitos económicos y ambientales.
  • Responsabilidad por el giro y no solo por catálogo nominativo.

Reforma al comiso de ganancias.

  • Cambios al Código Penal.
  • Normas especiales.

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¿En qué consiste la ley?

Consiste en una recalificación de alrededor de 270 delitos que hoy están contenidos y tipificados en 209 artículos de otras leyes vigentes. Esta recalificación implica que tienen las mismas penas pero con una calificación de su gravedad de forma diferenciada de otros delitos. Además, todos ellos entran ahora a la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Y, por tanto, responden también las empresas por ellos.

A través de esta recalificación, y la incorporación de atenuantes y agravantes especiales, resultará más probable que alguien deba cumplir pena efectiva de cárcel por ellos. También quien comete alguno de estos delitos puede quedar inhabilitado para ejercer cargos gerenciales y de firmar contratos con el Estado.

Por otra parte, se incluye la sanción de días multa que pueden llegar hasta los $189 mil millones de pesos.

¿Qué sanciones incorpora?

Todos los delitos recalificados contemplan sanciones penales en su tipificación original. Sin embargo, la ponderación especial que se establece sobre ellos considera factores agravantes que pueden hacer más probable la pena de cárcel efectiva. También se crean sanciones adicionales como reclusión parcial en domicilio. Se incorporan además sanciones de inhabilidad que pueden implicar que alguien no pueda ejercer cargos gerenciales por hasta 10 años y quedar impedido de contratar con el Estado de por vida. Los días/multa son sanciones económicas que se fijan en función de los ingresos de la persona y pueden llegar a $37 mil millones de pesos.

¿Qué implican los cambios a la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas? Ahora se contempla la sanción de la «extensión» de la personalidad jurídica y no su «disolución». Las sanciones económicas pueden llegar a los $189 mil millones de pesos o el 30% de las ventas o el doble de los beneficios obtenidos en forma ilícita. ¿Se crean delitos nuevos? Sí, se crean varios delitos ambientales que estarán en la ley de medio ambiente y en el Código Penal. También se crea el delito de abuso de accionistas mayoritarios, entre otros. Por ellos también responderán las personas jurídicas.

¿Qué medidas tomar?

  • Reformular mapa de riesgos incorporando delitos económicos y su alcance.
  • Socializar cambios en la ley y su alcance en la plana ejecutiva.
  • Incorporar penalista en comité de crisis.
  • Revisar y reforzar modelos de prevención de riesgo: demostrar que existen y están implementados, monitoreados y auditados.
  • Amplificar y visibilizar públicamente políticas y modelos de compliance activados.
  • Considerar variables nuevas en la evaluación de desempeño.
  • Revisar los planes de crisis.

Descarga la presentación de Extend aquí. 

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